Autorización para conducir vehículos con mercancías peligrosas
Es necesario contar con una autorización administrativa especial que habilite a conducir vehículos que transportes mercancías peligrosas. Los requisitos están recogidos en el Reglamento General de Conductores. Es necesario tener en cuenta que dicha autorización, más conocida como ADR, no basta por sí sola. Además, hay que contar con el permiso de conducir en vigor para el vehículo de que se trate.
“Para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, cuando así lo requieran las disposiciones del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), hecho en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, se exigirá una autorización administrativa especial que habilite para ello”, indica el Reglamento General de Conductores.
¿Qué necesito para adquirir el ADR?
En primer lugar es necesario estar en posesión, con una antigüedad mínima de un año, del permiso de conducción ordinario en vigor de la clase B. También se debe superar un curso de formación inicial básico como conductor para el transporte de mercancías peligrosas en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico (DGT) y ser declarado apto por la Jefatura Provincial de Tráfico en las correspondientes pruebas de aptitud.
Además, es importante no estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso. Igualmente se deben reunir las aptitudes psicofísicas requeridas.
Otro requisito es tener la residencia normal en España.
¿Cómo se solicita?
La expedición de la autorización especial se solicitará de la Jefatura Provincial de Tráfico en la que se desee obtener, en el modelo oficial suscrito por el interesado, acompañada de los documentos:
- Número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero.
- Una fotografía reciente del rostro del solicitante de 32 por 26 mm.
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
- Certificado expedido por el centro de formación que haya impartido el curso en el que se acredite que el solicitante ha participado con aprovechamiento en un curso de formación inicial básico para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas.
- Informe de aptitud emitido por un centro de reconocimiento de conductores autorizado.
Posteriormente, la Jefatura Provincial de Tráfico, según cada caso y superadas las pruebas y ejercicios que correspondan, concederá o denegará la solicitud.
Vigencia
La autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas tiene un período de validez de 5 años. Además, podrá ser prorrogada por nuevos periodos de 5 años en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, previa solicitud en el modelo oficial.
Para poder prorrogar la vigencia de la autorización también es necesario no estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso; y haber realizado con aprovechamiento un curso de reciclaje básico o, en su lugar, a elección de su titular, un curso de formación inicial básico.
Si además se quiere prorrogar la vigencia de la ampliación de la autorización se deberá realizar un curso de reciclaje de especialización o, en su lugar, un curso de formación inicial de especialización (se puede elegir). También hay que superar las pruebas correspondientes al curso realizado.