Cambios en la homologación: respondemos a todas las dudas sobre el uso de sistemas de retención infantil
Los sistemas de retención infantil (SRI) son dispositivos de seguridad fundamentales para los más pequeños. En España es obligatorio que los niños de altura interior a 1,35 m utilicen sistemas de retención infantil adaptados a su peso y altura en todas las plazas del vehículo. Sin embargo, lo recomendable es que usen estos dispositivos hasta los 1,50 m, momento en el que ya pueden hacer uso de los cinturones de seguridad del coche sin riesgo para ellos.
Los sistemas de retención infantil (SRI) son dispositivos diseñados para asegurar la seguridad de los niños cuando viajan en un vehículo. El Reglamento General de Circulación regula el uso de estos sistemas y establece ciertas excepciones para no utilizarlos:
- Que no se puedan instalar sillitas de coche en los asientos traseros.
- Que los asientos traseros estén ocupados por otros menores con sistema de retención infantil.
- Que el vehículo no cuente con plazas traseras.
Como se ha mencionado, los sistemas de retención infantil deben estar homologados. Es aquí precisamente donde se han producido los cambios. Desde septiembre de 2023 no se pueden fabricar sillitas bajo la normativa R44, y desde el 1 de septiembre de 2024 tampoco se podrán comercializar. Desde esa fecha, sólo se venderán sillitas de coche homologadas por la norma R129. Ésta es la última normativa de homologación que se ha desarrollado en el ámbito de la Unión Europea y que surgió precisamente para sustituir de manera paulatina a la antigua R44, que ha ido sufriendo modificaciones y que ya se encontraba en su versión 4. Ante esto, pueden surgir varias dudas:
1. ¿Puedo seguir utilizando mi sillita de coche?
Sí, tanto si está homologada por la R44 como si es por la nueva R129, puedes seguir utilizando tu sistema de retención infantil. Estos cambios sólo afectan a los fabricantes y vendedores.
2. ¿Sólo encontraré sillitas homologadas por la R129?
Efectivamente, desde el 1 de septiembre de 2024 sólo se podrán vender SRI bajo esta norma de homologación.
3. ¿Me pueden multar por usar una sillita homologada por la R44?
No, como se ha indicado, las sillitas homologadas por ambas normativas se pueden seguir utilizando sin problema y, por lo tanto, no podrán sancionarte por ello.
4. ¿Qué diferencia a una norma de la otra? ¿Siguen siendo seguras las sillitas homologadas por la R44?
Ambas sillitas son seguras, pero es cierto que las aprobadas por la R129 han tenido que superar unas pruebas más exigentes. Así, por ejemplo, en la nueva normativa se mide la protección frente a impactos laterales y frontales. También se usan los dummies de la serie Q en vez de la serie P, que tienen sensores para medir la fuerza del impacto en diferentes direcciones. Las sillitas homologadas por la R129 también hacen un mayor uso del sistema Isofix (anclaje e instalación mucho más sencillo donde se evitan errores) y hay una mayor compatibilidad con los automóviles.
Por último, estas sillitas permiten viajar en sentido contrario a la marcha hasta los 15 meses (algo muy importante), ya que así ofrecen una mayor protección. Además, las sillitas se clasifican por la altura del menor y no por el peso o edad, un factor mucho más fiable a la hora de determinar qué SRI es el más adecuado.
5. ¿Cómo puedo saber si la sillita está homologada por la nueva norma de homologación?
Basta con observar el etiquetado de la sillita o las especificaciones del fabricante en el manual, donde se indicará la norma de homologación del SRI. En la etiqueta naranja de la sillita se indica la normativa de homologación y la altura de uso de la silla.
Por último, hay que señalar la importancia de colocar correctamente la sillita y al menor. Y es que de nada sirve contar con la mejor sillita de coche si el niño no va de la forma adecuada. Para ello, se debe seguir en todo momento las indicaciones del fabricante.