Se endurecen los castigos por delitos de tráfico
Determinados delitos contra la seguridad vial se han visto endurecidos con la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.
El Senado aprobaba la reforma del Código Penal con 222 votos a favor y sólo 14 en contra. Se endurecen así las penas por delitos de tráfico pero, sin duda, la mayor novedad reside en la introducción de un nuevo delito: el abandono del lugar del accidente. De esta forma, la persona que huya de un siniestro de tráfico puede ser castigado con penas de 2 a 4 años de prisión en caso de que el accidente sea resultado de una imprudencia. Si por el contrario se trata de un accidente fortuito, la pena puede ser de 3 a 6 meses de prisión. Hay que tener en cuenta que el delito de omisión de socorro sólo se contemplaba anteriormente si la víctima estaba viva y no había otra persona auxiliando.
Otra de las novedades es la imprudencia grave de manera automática, es decir, si se comete un delito contra la seguridad vial y se han causado fallecidos o heridos, la conducta pasa a ser imprudencia grave. Las penas son de entre 1 y 4 años de cárcel en caso de muerte y hasta 1 año en caso de lesiones.
Igualmente se han endurecido las penas graves que, anteriormente, tenían una pena máxima de 4 años. Ahora puede ser de hasta 6 y 9 años de cárcel. El juez puede agravar la pena en un grado (hasta 6 años de prisión) si se causan como mínimo dos fallecidos o un fallecido y un lesionado muy grave (lesiones invalidantes). También se puede agravar dos grados (hasta 9 años de prisión) si los fallecidos son “muchos” (la cantidad la apreciará el juez).
Una de las grandes peticiones de las víctimas de tráfico es que los siniestros menores o más conocidos como ‘faltas leves’ vuelvan a ser delito. Es otra de las grandes novedades. Si una lesión leve causa lesiones o muerte puede ser considerada imprudencia menos grave. La pena es de 3 a 6 meses de multa. Aunque se trata de un castigo mínimo, las víctimas pueden beneficiarse de abogado de oficio, la actuación de la fiscalía o de los servicios de los peritos judiciales.