¿Conoces todas las señales de los agentes de Tráfico?
Educación vial
¿Qué hay que hacer cuando un agente de Tráfico levanta el brazo verticalmente? ¿Y si realiza toques de silbato cortos y frecuentes? Hacemos un repaso por todas ellas debido a la gran confusión que las diferentes señales pueden generar.
El Reglamento General de Circulación recoge todas las señales que pueden llegar a realizar los agentes. Hay que tener en cuenta que las señales de los agentes de la autoridad responsables del tráfico tienen prioridad y deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la vía.
Señales acústicas
- Toques de silbato cortos y frecuentes: ordenan la detención de los vehículos.
- Silbato con toques largos: Reanudación de la marcha.
Señales ópticas
- Brazo levantado verticalmente (hacia arriba): esta señal obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente. Si esta señal se efectúa en una intersección, no obligará a detenerse a los conductores que hayan entrado ya en ella. El agente puede indicar el lugar donde debe efectuarse la detención.
- Brazo o brazos extendidos horizontalmente (en forma de cruz): todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde direcciones que corten la indicada por el brazo o los brazos extendidos y cualquiera que sea el sentido de su marcha deben detenerse. Esta señal permanece en vigor aunque el agente baje los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal.
- Balanceo de una luz roja o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
- Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba abajo: los usuarios deben reducir la velocidad del vehículo. Obliga a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo.
Señales desde el vehículo
Los agentes pueden realizar señales desde el propio vehículo utilizando megafonía, señales o la señal V1, es decir, la señal luminosa. En estos casos, pueden ser las siguientes:
- Bandera roja: a partir del paso del vehículo que la porta, la calzada queda temporalmente cerrada al tráfico de todos los vehículos y usuarios, excepto para aquellos que son acompañados o escoltados por los agentes de la autoridad responsable de la regulación, gestión y control del tráfico.
- Bandera verde: la calzada queda de nuevo abierta al tráfico a partir del paso del vehículo que la porta.
- Bandera amarilla: necesidad de extremar la atención o la proximidad de un peligro. Esta bandera puede ser también utilizada por el personal auxiliar habilitado que realice funciones de orden, control o seguridad durante el desarrollo de marchas ciclistas o de cualquiera otra actividad, deportiva o no, en las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Brazo extendido hacia abajo inclinado y fijo: el agente desde un vehículo indica la obligación de detenerse en el lado derecho a aquellos usuarios a los que va dirigida la señal.
- Luz roja o amarilla intermitente o destellante hacia delante: el agente desde un vehículo indica al conductor del que le precede que debe detener el vehículo en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y siguiendo las instrucciones que imparta el agente mediante la megafonía.