Uso correcto del cinturón de seguridad
Como ya sabemos, el cinturón de seguridad es la herramienta más eficaz en la prevención de las consecuencias de accidentes de tráfico.
¿Por qué es tan importante el cinturón de seguridad?
Para comprender la importancia del cinturón de seguridad es necesario saber qué ocurre dentro del vehículo durante un accidente. En realidad se producen dos impactos: el primero es el choque o colisión como tal, y el segundo, producido como reacción, es el choque de los ocupantes del vehículo con el vidrio del parabrisas, e incluso fuera del auto. Este segundo impacto es el que causa las lesiones, o la muerte. Las estadísticas demuestran que una persona despedida fuera del vehículo tiene 5 veces más probabilidades de ser muerta que aquélla que permanece en el interior del vehículo.
Aunque se trate de un trayecto corto, su , aunque existen algunas excepciones, sobre todo en el ámbito laboral. Por eso, desde Fundación MAPFRE, queremos recordar los aspectos relacionados con la normativa sobre el cinturón de seguridad.
Cinturón de seguridad. Normativa
En turismos y vehículos con MMA (masa máxima autorizada) de hasta 3.500 kg derivados de turismos destinados al transporte , simultáneo o no, de personas y mercancías, El conductor siempre está obligado al uso del cinturón. Sólo será al contrario cuando:
- Efectúe una maniobra de marcha atrás o se encuentre estacionando el vehículo
- Si el conductor tiene un certificado de exención por razones médicas o discapacidad
- En vías urbanas, si se conduce bajo una urgencia o si se trata de un taxista de servicio.
Si se trata de un pasajero mayor de edad, ocurre casi lo mismo que para los conductores. Su uso es obligatorio, tanto en asientos delanteros como traseros, a no ser que:
- Se tenga un certificado de exención
- En vías urbanas, si se trata de una urgencia o si el pasajero es un profesor de autoescuela ejerciendo como tal.
La normativa para pasajeros menores de edad es diferente y depende del asiento en el que viajen.
En los delanteros, si no se superan los 135 cm, deberán llevar un dispositivo homologado adaptado a la talla y peso. Si se superan los 135 cm será obligatorio el uso del cinturón de seguridad o un dispositivo de retención.
En ambos casos, si el dispositivo está orientado hacia atrás, será obligatorio desactivar el airbag.
En los traseros, si el ocupante no supera los 135 cm, es obligatorio el dispositivo de retención adaptado, cuando superen los 135 hasta los 150 cm será obligatorio el dispositivo o el cinturón, y si supera los 150 cm será obligatorio el cinturón. Sin embargo, no será obligatorio en taxis, en supuestos de exigencia de dispositivos, en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades.
En vehículos para el transporte de personas de más de 9 plazas, el uso del cinturón no será obligatorio para el conductor cuando:
- Efectúe una maniobra de marcha atrás o se encuentre estacionando el vehículo
- El conductor tiene un certificado de exención por razones médicas o discapacidad
- En vías urbanas, si se conduce bajo una urgencia. Si se trata de un pasajero mayor de edad, la normativa dice que el uso no será obligatorio en estas circunstancias:
- Si se tiene un certificado de exención
- En vías urbanas, si se trata de una urgencia o si el pasajero es un profesor de autoescuela ejerciendo como tal.
- En caso de no alcanzar los 135 cm, si el cinturón o dispositivo no se adapta a su peso y talla.
En el caso de un pasajero menor de edad:
- En los delanteros, si no se superan los 135 cm, deberán llevar un dispositivo homologado adaptado a la talla y peso. Si se superan los 135 cm será obligatorio el uso del cinturón de seguridad o un dispositivo de retención. En ambos casos, si el dispositivo está orientado hacia atrás, será obligatorio desactivar el airbag.
- En los traseros, no será obligatorio cuando el cinturón o dispositivo no se adapta a su peso y talla. También quedan exentos los menores de tres años. En ambos casos será obligatorio el uso de un sistema de retención infantil.
En transporte de mercancías y vehículos mixtos, el conductor está obligado a circular con cinturón. Aunque no lo estará en los siguientes casos:
- Efectúe una maniobra de marcha atrás o se encuentre estacionando el vehículo
- Si el conductor tiene un certificado de exención por razones médicas o discapacidad
- En vías urbanas, si se conduce bajo una urgencia o si realiza maniobras de carga y descarga en lugares situados a corta distancia unos de otros.
Si se trata de un pasajero mayor de edad, como es habitual, siempre será obligatorio aunque en el asiento trasero, si el ocupante no supera los 135 cm, es obligatorio el dispositivo de retención adaptado, cuando superen los 135 hasta los 150 cm será obligatorio el dispositivo o el cinturón, y si supera los 150 cm será obligatorio el cinturón.
Además, no es obligatorio cuando:
- Si se tiene un certificado de exención
- En vías urbanas, si se trata de una urgencia o si el pasajero es un profesor de autoescuela ejerciendo como tal.
En caso de los menores de edad, también depende del asiento que ocupen. En los delanteros, si no se superan los 135 cm, deberán llevar un dispositivo homologado adaptado a la talla y peso. Si se superan los 135 cm será obligatorio el uso del cinturón de seguridad o un dispositivo de retención.
En ambos casos, si el dispositivo está orientado hacia atrás, será obligatorio desactivar el airbag.
En los traseros, si el ocupante no supera los 135 cm, es obligatorio el dispositivo de retención adaptado, cuando superen los 135 hasta los 150 cm será obligatorio el dispositivo o el cinturón, y si supera los 150 cm será obligatorio el cinturón.
Es de vital importancia el comprender la normativa que rige el uso del cinturón de seguridad, por eso en Fundación MAPFRE, queremos que las empresas hagan llegar a todos los empleados esta información. De ese modo, no solo dejamos de exponer a la empresa a las posibles sanciones por infracciones, además, ayudamos a reducir la siniestralidad laboral, nuestro gran objetivo.