¿Qué vehículos se pueden conducir con el permiso B?
Cada permiso va asociado a un tipo o varios de vehículos y es importante tener claro qué tipo de vehículos estoy autorizado a conductor con mi permiso. La clase B es el más común, ya que permite conducir un coche o furgoneta de tamaño medio. Sin embargo, pueden surgir algunas dudas.
Todos los permisos de conducción están recogidos en el Reglamento General de Conductores. La norma indica que las personas con el permiso de la clase B pueden conducir los siguientes vehículos:
- Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg. Además, deben estar diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor, es decir, 9 ocupantes como máximo. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
- Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
- También se pueden conducir triciclos y cuatriciclos de motor.
- La edad mínima para obtenerlo es de dieciocho años cumplidos. No obstante, habrá que tener veintiún años cumplidos para conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
Nuevas posibilidades para el permiso B siempre que sean ecológicos
Tráfico está estudiando la posibilidad de que los conductores con el permiso B y dos años de antigüedad puedan conducir vehículos pesados de hasta 4-250 kg siempre que sean ecológicos, es decir, híbridos, eléctricos, de gas natural, de GLP o de hidrógeno, sin necesidad de contar con un ningún otro carnet como el tipo C.
La principal razón reside en el mayor peso de esos vehículos, debido especialmente a las baterías o depósitos. Esto hace que puedan llegar a superar sin problema los 3.500 kg de Masa Máxima Autorizada (MMA) a los que habilita el permiso B. Por supuesto, el vehículo deberá contar con la etiqueta Cero o Eco.
Sin embargo, habrá que esperar a que Tráfico aplique esta medida con una trasposición de la directiva europea a través del Reglamento General de Conductores. La mencionada Directiva de la Unión Europea es la 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/59/CE, relativa a la cualificación inicial y la formación continua de conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera y la Directiva 2006/126/CE sobre el permiso de conducción.